2022
Digitalización
Red.es
Nacional
Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco, La Rioja, Ciudad Autónoma de Ceuta, Ciudad Autónoma de Melilla
Dirigido a:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas y personas en situación de autoempleo del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados), cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la Convocatoria.
Presentación solicitudes:
Convocatoria para Segmento I (empresas entre 10 y 49 trabajadores) del 15 de marzo de 2022 a las 11:00 horas a 15 de septiembre de 2022 a las 11:00 horas.
Plazo de ejecución (y periodo subvencionable del gasto):
La ejecución de la actividad subvencionada se realizará en dos fases:
– Una primera fase con un plazo máximo de tres (3) meses. Se iniciará una vez formalizado y validado el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, conforme al artículo 30 de las Bases Reguladoras. Durante esta fase deberá realizarse la instalación, y desarrollo en su caso, de la solución, así como el pago de la factura emitida por el Agente Digitalizador Adherido, previa conformidad del beneficiario, según se establece en el apartado 3 del artículo 22 de las Bases
Reguladoras.
– Una segunda fase con un plazo de doce (12) meses, a computar desde la fecha de emisión de la factura del Agente Digitalizador Adherido en la fase anterior.
Plazo de justificación (y periodo subvencionable del pago):
Será de 3 meses para cada una de las fases de prestación de la solución, una vez haya finalizado la ejecución de estas.
Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consisten en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital.
Empresas beneficiarias:
Pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio
Requisitos:
Las beneficiarias tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
Tipo de ayuda / Cuantía:
– La intensidad de la ayuda del 100 %.
– La cuantía de la ayuda dependerá de la cantidad de trabajadores de la empresa.
– Subvención en régimen de concurrencia no competitiva (por orden de entrada). Régimen Minimis.
Actuaciones apoyables:
Cada empresa podrá optar a un bono del kit digital se podrán escoger una o varias Soluciones Digitales de las ofrecidas por los agentes digitalizadores que desarrollen los servicios del catalogo de Acelera pyme. El catalogo incluye:
Compatibilidad:
Las ayudas previstas en esta Orden son incompatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, que cubran el mismo coste.
Presentación de solicitudes:
Del 15 de marzo de 2022 a las 11:00 horas al 15 de septiembre de 2022 a las 11:00 horas.
Descárgate aquí:
– Bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización.
– Anuncio de adhesión para digitalizadores.
– Convocatoria pymes (Las solicitudes se podrán presentar a partir del 15 de Marzo).
– Descárgate la Guía rápida para saber más.
Además de la solicitud electrónica, deberá presentar, en caso de que actúe por medio de representante voluntario, la Autorización de representante voluntario en el marco del Programa Kit Digital contemplada en el Anexo II de la Convocatoria.
– Descarga Aquí: Autorización de Representante Voluntario Versión Web
En caso de oposición expresa a la consulta de oficio, deberá aportar la documentación detallada en el Anexo I de la Convocatoria.
Catálogo de digitalizadores
El programa Acelera pyme está abierto a colaboración de entidades tanto públicas como privadas, que aportan recursos para promover la digitalización de pymes y autónomos.
Busca un digitalizador por palabra clave, tipo de solución, provincia o sector de actividad. Consulta aquí el listado de agentes adheridos
Las solicitudes se presentarán mediante la cumplimentación de un formulario automatizado en la Sede Electrónica de Red.es
(la cual será accesible desde la plataforma Acelera pyme https://www.acelerapyme.gob.es/).
– Leer la documentación completa.
– Ver requisitos, plazos y tipo de proyecto.
– Planificar y ver compatibilidad con otras ayudas.
– Se recomienda consultar el apartado relativo a ‘normativa aplicable’ o ‘marco normativo’ de la correspondiente convocatoria o base reguladora de las ayudas, para poder determinar si las ayudas recibidas están acogidas a minimis o a otro régimen. El importe máximo de ayudas minimis concedidas es de 200.000 € en el ejercicio fiscal actual, y en los dos ejercicios fiscales anteriores.
– Estar al corriente con las obligaciones de la AEAT y la Seguridad Social.
– Estar en posesión de certificado digital para la tramitación electrónica de los expedientes en programas de ayudas a pymes.
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