DIGITALIZA CV 2022: Subvenciones para proyectos de Digitalización de Pyme

DIGITALIZA CV 2022: Subvenciones para proyectos de Digitalización de Pyme

Año de la ayuda:
Materia:
Organismo:
Ámbito Geográfico:
Comunidad Autónoma:

2022

Digitalización

IVACE — Instituto Valenciano de la Competitividad Empresarial

Comunidades Autónomas

Comunitat Valenciana

Dirigido a:

Pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE núm. 102, de 28 de abril de 2007):
a) Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43
b) Sección H-Divisiones 49 a 53
c) Sección J-Divisiones 58 a 63
d) Sección M-Divisiones 69 a 74

Presentación solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 12 de enero de 2022 y finalizará el 3 de marzo de 2022 a las 23:59:59 horas.

Plazo de ejecución (y periodo subvencionable del gasto):

desde el 01/01/2022 hasta el 31/12/2022

Plazo de justificación (y periodo subvencionable del pago):

hasta el 9/02/2023 *

* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 9237 de 17/12/2021, si bien la información exhaustiva y completa del programa deberá consultarse en los textos publicados en el DOGV.

Objeto:

Las ayudas tienen como objetivo incrementar el nivel tecnológico de las pymes industriales y de servicios a la industria mediante la implantación de nuevas tecnologías electrónicas, informáticas y de las comunicaciones, TEIC.

Empresas beneficiarias:

Pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana, que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009):

a) Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43.
b) Sección H-Divisiones 49 a 53.
c) Sección J-Divisiones 58 a 63.
d) Sección M-Divisiones 69 a 74.

Requisitos de los proyectos y presupuesto mínimo subvencionable:

•    Presupuesto subvencionable a partir de 15.000 €.
•    Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad al 1 de enero de 2022 y no deberá haber concluido materialmente ni haberse ejecutado íntegramente antes de que se presente la solicitud.
•    Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
•    Solo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante.

Tipo de ayuda / Cuantía:

La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:
– Pequeña empresa: hasta el 40%
– Mediana empresa: hasta el 30%

La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 100.000 euros.

Normativa Aplicable:

La ayuda está sujeta al régimen de minimis lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

Actuaciones apoyables:

a) Sistemas de información para la gestión del ciclo de vida de productos y servicios.
b) Adaptación a la industria 4.0, implantación de gemelos digitales, control de procesos productivos, sistemas de captura de datos, mantenimiento preventivo, automatización, y sensorización asociados a producto, servicio y proceso.
c) Sistemas de planificación de recursos empresariales, comercio electrónico, logística interna y externa, e integración de cadena de valor horizontal y vertical, así como sistemas de información relacionados con proyectos de economía circular.
d) Sistemas avanzados de seguridad, análisis de datos e inteligencia artificial, relacionados con algún ámbito de los detallados en las anteriores actuaciones.

El presupuesto subvencionable de cada proyecto, calculado como suma de los importes susceptibles de subvención, deberá ser igual o superior a los 15.000 euros, por lo que no serán tomados en consideración los proyectos con un presupuesto menor.

Costes subvencionables:

a) Adquisición de activos inmateriales. Software relacionado con el desarrollo de los proyectos, incluyendo, si procede, los costes de implantación y puesta en funcionamiento.
b) Adquisición de activos materiales.
c) Servicios externos: costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables. El importe máximo admisible será el que resulte menor de los siguientes: un 15% del resto de costes subvencionables o 14.500 euros.

Criterios de valoración:

Para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que tener una puntuación mínima de 40 puntos.

Los proyectos se priorizarán atendiendo a los siguientes criterios:
a) Calidad del proyecto. Máximo: 50 puntos.
b) Viabilidad técnica del proyecto. Máximo: 20 puntos
c) Resultados/impacto esperable del proyecto. Máximo: 20 puntos.
d) Características de la empresa solicitante. Máximo: 10 puntos.

Presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 12 de enero de 2022 y finalizará el 3 de marzo de 2022 a las 23:59:59 horas.

Documentos Asociados

1. Impreso de solicitud y Memoria Técnica del proyecto. La solicitud y la memoria técnica se adecuarán a los modelos normalizados disponibles en la página web: http://www.ivace.es

2. Documentación complementaria de carácter administrativo, que debe acompañar a la solicitud y a la memoria técnica.

3. Además, el solicitante deberá presentar la siguiente documentación:

a) Relativa al cumplimiento de obligaciones medioambientales: La entidad solicitante deberá disponer de la correspondiente licencia de apertura o autorización para el inicio de actividad, tramitada de conformidad con el instrumento de intervención administrativa ambiental al que esté sometida la actividad en las instalaciones en las que vaya a ejecutar el proyecto; esta obligación se hará extensiva a la de su sede social en caso de que ésta no coincida con el domicilio de ejecución del proyecto y dicha sede se encuentre ubicada en la Comunitat Valenciana.

b) Relativa al cumplimiento de obligaciones fiscales y con la Seguridad Social: sólo será necesario presentar la documentación acreditativa de encontrarse al corriente en caso de que no haya autorizado al IVACE para su obtención por medios telemáticos.

No será necesario aportar la documentación anterior que ya obre en poder del IVACE siempre que se mantenga vigente y se aporte declaración de vigencia al efecto según modelo disponible en la dirección de Internet del IVACE: .

Información Complementaria
Cómo lo tramito
Link a la Ayuda
Consejos para la solicitud de ayudas

– Leer la documentación completa.

– Ver requisitos, plazos y tipo de proyecto.

– Planificar y ver compatibilidad con otras ayudas.

– Se recomienda consultar el apartado relativo a ‘normativa aplicable’ o ‘marco normativo’ de la correspondiente convocatoria o base reguladora de las ayudas, para poder determinar si las ayudas recibidas están acogidas a minimis o a otro régimen. El importe máximo de ayudas minimis concedidas es de 200.000 € en el ejercicio fiscal actual, y en los dos ejercicios fiscales anteriores.

– Estar al corriente con las obligaciones de la AEAT y la Seguridad Social.

– Estar en posesión de certificado digital para la tramitación electrónica de los expedientes en programas de ayudas a pymes.

Asesoramiento y Tramitación de ayudas por FEDAI
Si necesitas asesoramiento en esta u otras ayudas, no dudes en contactar con nosotros. Desde FEDAI ofrecemos el servicio de búsqueda y el asesoramiento personalizado, así como la tramitación de las ayudas públicas convocadas por los distintos organismos, actuando como representante autorizado y gestor.
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